RESICO retenciones a personas morales
La factura muestra retenciones
Retención de ISR en Facturación de Personas Físicas RESICO a Personas Morales
1. ¿Qué es la retención de ISR?
Cuando una persona física bajo el régimen RESICO emite una factura a una persona moral, esta última tiene la obligación de retener una parte del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Esta retención funciona como un adelanto del impuesto que la persona física debe pagar al SAT.
2. ¿Por qué se hace la retención?
La retención se realiza para garantizar que las personas físicas cumplan con el pago de sus impuestos. En el caso del régimen RESICO, la tasa es baja para fomentar el cumplimiento fiscal, pero es responsabilidad de la persona moral hacer este descuento al pagarle.
3. ¿Cuánto se retiene?
La tasa de retención de ISR para el régimen RESICO es del 1.25% sobre la base gravable, es decir, el subtotal de la factura antes de incluir el IVA.
4. Ejemplo práctico
Si una persona física emite una factura por $10,000 + IVA (16%) a una persona moral:
Base gravable (subtotal):
$10,000Cálculo del ISR retenido:
$10,000 × 1.25% = $125Pago neto:
$10,000 (subtotal) + $1,600 (IVA) - $125 (ISR retenido) = $11,475
La persona moral le paga a la persona física $11,475, y los $125 retenidos los entera al SAT como adelanto del impuesto de la persona física.
5. ¿Qué sucede con la retención?
- La persona moral reporta y paga al SAT el monto retenido.
- La persona física puede utilizar la retención como un crédito fiscal al momento de hacer su declaración mensual o anual, lo que disminuye el impuesto que debe pagar.
6. Beneficios para el régimen RESICO
El régimen RESICO se caracteriza por tasas bajas de ISR, lo que ayuda a las personas físicas a pagar menos impuestos en comparación con otros regímenes. Además, las retenciones facilitan el cumplimiento fiscal sin necesidad de realizar pagos adicionales al SAT.